El procedimiento acelerado reduce el camino a Alemania a pocos meses. Explicamos plazos, títulos de residencia y documentos, y llevamos el procedimiento con su empleador.
Estándar en cada colocación de DIH · La tasa la paga normalmente el empleador
Su futuro empleador solicita el procedimiento de visado según el § 81a de la Ley de Residencia ante la oficina central de extranjería de su estado. La oficina coordina a la autoridad de reconocimiento, la Agencia Federal de Empleo y la embajada con plazos fijos. La tasa de 411 € la paga normalmente el empleador.

| Situación | Título de residencia | Requisitos |
|---|---|---|
| Licencia concedida | Profesional cualificado (§ 18a o § 18b) | Licencia, contrato de trabajo, aprobación de la Agencia Federal de Empleo |
| Resolución de carencias, compensación en Alemania | Reconocimiento de cualificaciones extranjeras (§ 16d) | Resolución de carencias, contrato como enfermera/o en reconocimiento, alemán normalmente B1 a B2, sustento asegurado |
| Procedimiento no iniciado, empleador confirmado | Asociación de reconocimiento (§ 16d párr. 3) | Formación reconocida de al menos dos años, alemán A2, acuerdo con el empleador, solicitud tras la llegada; trabajo como auxiliar hasta la licencia |
| Curso de alemán antes de trabajar | Curso de idioma (§ 16f) o combinado con § 16d | Plaza en el curso, financiación, objetivo de reconocimiento |
Qué título se aplica lo deciden la oficina de extranjería y la embajada. Preparamos los documentos y coordinamos el procedimiento con el empleador; no ofrecemos asesoría legal.
Cónyuge e hijos menores pueden viajar con usted o poco después, a menudo en el mismo procedimiento § 81a. Requisitos: vivienda adecuada y sustento asegurado. Los cónyuges de profesionales cualificados suelen estar exentos del requisito de idioma.
Prestación de 255 € mensuales por hijo (2026). Guardería y escuela son gratuitas o económicas; ayudamos con la inscripción en el lugar.
Tras unos años con permiso de profesional cualificado es posible la residencia permanente, después la nacionalidad. Le explicamos los requisitos cuando llegue el momento.
Desde el expediente completo hasta el visado contamos con seis a diez semanas. Los plazos legales son más cortos; en la práctica, traducciones, citas y requerimientos añaden tiempo. Sin el § 81a no es raro que sean seis a doce meses.
La tasa del procedimiento acelerado es de 411 €, el visado en sí 75 €. Se añaden traducciones, apostillas y el vuelo. Qué costos asume el empleador se fija en el contrato; lo planteamos antes de firmar.
Sí, mediante la asociación de reconocimiento del § 16d párrafo 3, si el empleador participa y su formación duró al menos dos años. Hasta la licencia trabaja como auxiliar y sigue aprendiendo alemán en Alemania.
Comprobamos qué título de residencia se ajusta a su situación e iniciamos el procedimiento § 81a junto con su empleador.
Los campos obligatorios están marcados. Adjunte su CV y su título en PDF o foto, o envíelos después por WhatsApp.
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