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Visado para enfermería: § 81a, § 16d, asociación de reconocimiento y reagrupación familiar

El procedimiento acelerado reduce el camino a Alemania a pocos meses. Explicamos plazos, títulos de residencia y documentos, y llevamos el procedimiento con su empleador.

Estándar en cada colocación de DIH · La tasa la paga normalmente el empleador

Para enfermería › Visado y familia

El procedimiento acelerado para profesionales cualificados

Su futuro empleador solicita el procedimiento de visado según el § 81a de la Ley de Residencia ante la oficina central de extranjería de su estado. La oficina coordina a la autoridad de reconocimiento, la Agencia Federal de Empleo y la embajada con plazos fijos. La tasa de 411 € la paga normalmente el empleador.

  • La autoridad de reconocimiento decide en dos meses desde que el expediente está completo
  • Cita en la embajada en tres semanas tras la aprobación previa
  • Decisión sobre el visado normalmente en otras tres semanas
  • Cónyuge e hijos pueden incluirse en el mismo procedimiento
Sin el § 81a, las citas de embajada en muchos países tardan meses. Por eso el procedimiento acelerado es estándar en cada colocación nuestra.
Enfermera con pasaporte en el aeropuerto

Qué visado corresponde a su situación

SituaciónTítulo de residenciaRequisitos
Licencia concedidaProfesional cualificado (§ 18a o § 18b)Licencia, contrato de trabajo, aprobación de la Agencia Federal de Empleo
Resolución de carencias, compensación en AlemaniaReconocimiento de cualificaciones extranjeras (§ 16d)Resolución de carencias, contrato como enfermera/o en reconocimiento, alemán normalmente B1 a B2, sustento asegurado
Procedimiento no iniciado, empleador confirmadoAsociación de reconocimiento (§ 16d párr. 3)Formación reconocida de al menos dos años, alemán A2, acuerdo con el empleador, solicitud tras la llegada; trabajo como auxiliar hasta la licencia
Curso de alemán antes de trabajarCurso de idioma (§ 16f) o combinado con § 16dPlaza en el curso, financiación, objetivo de reconocimiento

Qué título se aplica lo deciden la oficina de extranjería y la embajada. Preparamos los documentos y coordinamos el procedimiento con el empleador; no ofrecemos asesoría legal.

Familia, prestación por hijo, futuro

Reagrupación familiar

Cónyuge e hijos menores pueden viajar con usted o poco después, a menudo en el mismo procedimiento § 81a. Requisitos: vivienda adecuada y sustento asegurado. Los cónyuges de profesionales cualificados suelen estar exentos del requisito de idioma.

Prestación por hijo y escuela

Prestación de 255 € mensuales por hijo (2026). Guardería y escuela son gratuitas o económicas; ayudamos con la inscripción en el lugar.

Residencia permanente y nacionalidad

Tras unos años con permiso de profesional cualificado es posible la residencia permanente, después la nacionalidad. Le explicamos los requisitos cuando llegue el momento.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda realmente el visado con el § 81a?

Desde el expediente completo hasta el visado contamos con seis a diez semanas. Los plazos legales son más cortos; en la práctica, traducciones, citas y requerimientos añaden tiempo. Sin el § 81a no es raro que sean seis a doce meses.

¿Cuánto cuesta el visado?

La tasa del procedimiento acelerado es de 411 €, el visado en sí 75 €. Se añaden traducciones, apostillas y el vuelo. Qué costos asume el empleador se fija en el contrato; lo planteamos antes de firmar.

¿Puedo entrar ya con A2?

Sí, mediante la asociación de reconocimiento del § 16d párrafo 3, si el empleador participa y su formación duró al menos dos años. Hasta la licencia trabaja como auxiliar y sigue aprendiendo alemán en Alemania.

Visado con plan

Comprobamos qué título de residencia se ajusta a su situación e iniciamos el procedimiento § 81a junto con su empleador.

Enviar su solicitud

Los campos obligatorios están marcados. Adjunte su CV y su título en PDF o foto, o envíelos después por WhatsApp.